Recibir una notificación de Hacienda genera ansiedad, pero no es motivo para responder de inmediato ni a la carrera. Una revisión es un procedimiento con reglas, plazos y derechos. Quien llega ordenado y asesorado negocia desde una posición mucho mejor.
Esta guía explica qué contiene la notificación, qué hacer en los primeros días, qué documentos tener listos y qué está en juego.
Qué dice la notificación de inicio
La notificación de inicio de una actuación fiscalizadora le comunica formalmente que Hacienda va a revisar su situación. Por lo general indica:
Los impuestos y los períodos que se van a revisar.
Los funcionarios a cargo de la revisión.
La información y los documentos que se le solicitan.
El plazo y el medio para entregarlos.
Léala completa y anote cada plazo. No todas las comunicaciones de Hacienda son iguales: un requerimiento de información puntual no es lo mismo que una fiscalización formal. Saber cuál recibió define cómo responder.
Los primeros pasos: asesor, revisión interna, un solo canal
Busque un asesor tributario antes del primer contacto con Hacienda. Lo que diga o entregue al inicio marca el resto del proceso.
Haga una revisión interna antes de entregar nada. Reconstruya los períodos revisados y ubique las diferencias que Hacienda probablemente ya conoce.
Cumpla cada plazo. Si no puede, pida prórroga por escrito y antes de que venza.
Use un solo canal de comunicación y una sola persona de contacto.
Guarde constancia de todo lo que entrega: qué, cuándo y a quién.
Documentos que debe tener listos
Declaraciones de renta, IVA y retenciones de los períodos revisados.
Libros contables y estados financieros.
Comprobantes electrónicos emitidos y recibidos.
Estados de cuenta bancarios, reportes de datáfono y movimientos de SINPE Móvil.
Conciliaciones entre lo facturado, lo cobrado y lo declarado.
Contratos, préstamos, actas y documentos que expliquen ingresos o depósitos que no son ventas.
Planillas reportadas a la CCSS y al INS.
Entregue lo que se pide, completo y ordenado. Entregar de más, sin revisar, puede abrir temas que no estaban en la revisión.
Lo que Hacienda suele encontrar
Ingresos por SINPE Móvil y transferencias sin factura.
Diferencias entre lo declarado y la información que reportan terceros.
Renta, IVA y cargas sociales que no cuadran entre sí.
Gastos personales deducidos como gastos del negocio.
Créditos de IVA sin comprobante válido a nombre de la empresa.
Bienes, viajes o gastos que no calzan con los ingresos declarados.
Sus derechos durante la revisión
El Código de Normas y Procedimientos Tributarios reconoce derechos al contribuyente durante una fiscalización. En términos generales, usted tiene derecho a:
Ser informado del alcance de la revisión y de quiénes la realizan.
Estar acompañado o representado por un asesor.
Conocer el expediente y obtener copia de lo que se le atribuye.
Presentar alegatos y pruebas antes de que se emita una determinación.
Que su información se trate con confidencialidad.
Impugnar la determinación final si no está de acuerdo, por las vías y en los plazos que establece la ley.
Ejercer estos derechos no es confrontar a Hacienda. Es asegurarse de que la revisión se haga conforme a la ley.
Lo que está en juego: impuesto, intereses y sanciones
Si la revisión determina diferencias, usted debe pagar tres componentes:
El impuesto omitido.
Los intereses desde la fecha en que debió pagarse.
Una sanción que, como regla general, es del 50 % de la diferencia.
Un ejemplo ilustrativo, con números redondos: si Hacienda determina un impuesto omitido de ₡2.000.000, la sanción general sería de ₡1.000.000, más los intereses acumulados. El monto total supera con facilidad los ₡3.000.000. La normativa prevé reducciones de la sanción cuando el contribuyente regulariza su situación de forma voluntaria; por eso conviene evaluar con su asesor si es mejor rectificar antes de que avance el proceso.
Como regla general, Hacienda puede revisar los últimos cuatro años, y hasta diez si usted no está inscrito o no declaró.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ignorar la notificación? No. No responder no detiene el proceso y puede agravar las sanciones.
¿Debo entregar todo lo que tengo? No. Entregue lo que se solicita, completo y revisado por su asesor.
¿Conviene aceptar las diferencias para terminar rápido? Depende. Primero revise si la diferencia es real; muchas se explican con documentos.
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Actualizado al 29 de octubre de 2026 · Equipo Kaizen