Proyección de cierre: cuánto va a ganar y cuánto pagará de renta

Muchas empresas se enteran de cuánto ganaron y cuánto deben de renta cuando ya cerró el período y la declaración está por vencer. Para entonces, ya no hay nada que decidir: solo queda pagar.

Una proyección de cierre cambia ese orden. No es un ejercicio de fin de año: es una herramienta que todo contribuyente debería actualizar mes a mes, con el dato real de cada cierre contable, para saber en todo momento hacia dónde va el año.

Qué es una proyección de cierre

Es una estimación del resultado del período fiscal completo, construida con los meses reales ya cerrados y una proyección razonable de los meses que faltan. Con ella usted sabe, en cualquier mes del año, la utilidad estimada, el impuesto sobre la renta que le corresponderá y cuánto de ese impuesto ya cubren los pagos parciales.

En Costa Rica el período fiscal ordinario va del 1 de enero al 31 de diciembre, y la declaración anual del impuesto sobre la renta vence el 15 de marzo siguiente. Cada mes que pasa sin proyectar es un mes menos para tomar decisiones.

Qué datos necesita

  • Estados financieros mensuales al día: ingresos, costos y gastos reales de cada mes cerrado.

  • El presupuesto o forecast vigente para los meses que faltan.

  • Contratos, pedidos o ventas recurrentes ya comprometidos.

  • Gastos grandes previstos: planilla, aguinaldo, alquileres, compras de activos.

  • Los pagos parciales de renta ya hechos y las retenciones que le hayan aplicado.

  • La declaración de renta del período anterior, como punto de comparación.

Si la contabilidad va atrasada, la proyección pierde valor. Por eso el primer requisito es cerrar cada mes en tiempo y forma.

Cómo estimar la utilidad y la renta del año

El método es sencillo y se repite cada mes:

  • Sume el resultado real de los meses cerrados.

  • Proyecte los meses restantes con base en el forecast, ajustado por lo que ya sabe hoy.

  • Agregue los ajustes fiscales: gastos no deducibles, ingresos no gravables y diferencias entre lo contable y lo fiscal.

  • Aplique la tarifa que le corresponde. La tarifa general para personas jurídicas es del 30 %; las pequeñas empresas que califican aplican tarifas escalonadas menores.

  • Reste los pagos parciales y retenciones del período.

Para los contribuyentes del régimen tradicional, la ley establece tres pagos parciales en junio, setiembre y diciembre. Se calculan sobre el impuesto de períodos anteriores, no sobre el año en curso. Por eso pueden quedarse cortos si el negocio creció, o sobrar si el año viene peor. La proyección le dice cuál de los dos casos es el suyo.

Decisiones antes del 31 de diciembre

Lo que se decide durante el año y, sobre todo, en los últimos meses, ya no se puede corregir en marzo. Con una proyección actualizada usted puede:

  • Verificar que los gastos del negocio estén respaldados con factura electrónica a nombre de la empresa.

  • Evaluar si conviene adelantar o postergar una inversión en activos.

  • Registrar las provisiones que correspondan, como aguinaldo, vacaciones y cuentas incobrables con respaldo.

  • Revisar el inventario: conteo físico, mercadería dañada u obsoleta.

  • Separar desde ahora el efectivo para el pago de marzo.

Estas decisiones deben tomarse por razones de negocio y con respaldo. La proyección no sirve para inflar gastos: sirve para que nada lo tome por sorpresa.

Ejemplo

Los números son ilustrativos. Una sociedad lleva nueve meses cerrados con una utilidad acumulada de ₡30.000.000. Su forecast para los tres meses restantes estima ₡10.000.000 adicionales. La utilidad proyectada del año es ₡40.000.000.

Suponga que, después de ajustes fiscales, la renta gravable es la misma y que aplica la tarifa general del 30 %. El impuesto estimado es ₡12.000.000. Si los pagos parciales del año suman ₡6.000.000, quedan ₡6.000.000 por pagar en marzo.

Si la empresa hubiera revisado su proyección cada mes, habría visto la diferencia desde mitad de año y no en marzo. Y si en noviembre la utilidad real cae por debajo de lo previsto, la proyección se ajusta y el monto a apartar también.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto debo actualizar la proyección? Cada mes, apenas cierre la contabilidad. Una proyección vieja da una falsa seguridad.

¿La proyección sustituye la declaración de renta? No. Es una herramienta de gestión. La declaración se prepara con las cifras finales del período.

¿Qué pasa si mis pagos parciales superan el impuesto final? El exceso queda como saldo a favor, que puede aplicarse según las reglas de Hacienda. La proyección le permite anticiparlo y planificar su flujo de caja.

Relacionados: Cierre fiscal: guía y cronograma · Flujo de caja: cómo proyectarlo y por qué la utilidad no es efectivo · Presupuesto y forecast: cómo planificar y actualizar cada mes

¿Quiere saber hoy cómo va a cerrar su año y cuánto pagará de renta? Escríbanos por WhatsApp al 7011-3085.

Actualizado al 29 de octubre de 2026 · Equipo Kaizen

Anterior
Anterior

Cierre fiscal: guía y cronograma

Siguiente
Siguiente

Aguinaldo: cómo calcularlo y provisionarlo